El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), que preside Elvia Barrios Alvarado, dispuso la suspensión de los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos ubicados en las provincias consideradas por el Gobierno en el nivel de alerta extrema.
Estas son Utcubamba, El Santa, Arequipa, Camaná, Islay, Caylloma, Abancay, Huamanga y Lima Metropolitana, Cutervo, Canchis, La Convención, Huancavelica, Huánuco e Ica.
También las provincias de Pisco, Chincha, Huancayo, Tarma, Yauli, Chanchamayo, Huaura, Cañete, Barranca, Huaral, Maynas, Ramón Castilla, Ilo, Pasco, Puno, Tacna, y la Provincia Constitucional del Callao.
El órgano de gobierno judicial emitió la Resolución Administrativa N° 014-2021-P-CE-PJ tras considerar las referidas provincias en el nivel de alerta extrema por el Ejecutivo a través del Decreto Supremo N° 023-2021-PCM, el cual modifica los niveles de alerta de las provincias por quince días.
En ese sentido, entre las principales medidas que regirán en las cortes superiores de las referidas provincias figuran la suspensión del trabajo presencial y el establecimiento del trabajo remoto de ocho horas diarias, el cual será realizado según el Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”.
El CEPJ dispuso, asimismo, que todas las audiencias sean virtuales según la normativa dada para el efecto y, en caso de no contar con las condiciones tecnológicas o de conectividad indispensables, o ante casos de urgencia y emergencia, de forma excepcional serán de modo presencial.
En cuanto a las notificaciones, todas deberán ser electrónicas a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (Sinoe), pudiendo realizarse de manera física según lo establece la ley, luego de levantadas las restricciones sanitarias.
MESA DE PARTES ELECTRÓNICA
Respecto a la presentación de escritos y demandas, estas serán a través de la Mesa de Partes Electrónica, para todas las especialidades y los documentos ingresados podrán ser con firma digital o gráfica escaneada, excepto en las cortes en la que está autorizado el uso de la Mesa de Partes Virtual Penal.
Por otro lado, la norma también autoriza a los jueces/zas a retirar los expedientes de sus respectivos despachos con la finalidad de realizar trabajo remoto, para lo cual deberán designar al personal respectivo, medida que en caso de los despachos corporativos esa responsabilidad recaerá en el administrador(a).