El Congreso de la República aprobó la Ley 32432, que homologa un bono adicional mensual de los jueces titulares del Poder Judicial a los fiscales titulares del Ministerio Público. El último martes 9 de septiembre, el dispositivo ha sido publicado en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Se trata de una norma aprobada por insistencia por el Parlamento. La ley precisa que son beneficiarios de la bonificación adicional mensual los fiscales adjuntos supremos titulares, los fiscales superiores titulares, los fiscales adjuntos superiores titulares, los fiscales provinciales titulares y los fiscales adjuntos provinciales titulares.
El monto de la bonificación adicional para fiscales varía según el cargo. – Los fiscales adjuntos supremos y los fiscales superiores titulares reciben una bonificación adicional mensual equivalente al 80 % del valor de cuatro y medias unidades de ingreso del sector público (4.5 UISP); es decir, S/9 360. – Los fiscales adjuntos superiores y los fiscales provinciales titulares reciben un bono adicional equivalente al 62 % de 4.5 UISP. El resultado es una bonificación de S/7 254 por mes. – Los fiscales adjuntos provinciales titulares reciben una bonificación equivalente al 40 % del valor de 4.5 UISP, resultando un monto de S/4 680 adicionales a la remuneración mensual.
La norma precisa también que este bono adicional no tiene carácter remunerativo, no está afecta a cargas sociales y no es de naturaleza pensionable ni forma parte de los beneficios laborales. Tampoco constituye base de cálculo para la CTS ni para ninguna otra bonificación, asignación o entrega. Además, se financiará con los saldos de las partidas presupuestarias del Ministerio Púbico para el año fiscal 2025 o con cargo a su presupuesto institucional del año fiscal 2026, según corresponda, sin demandar recursos adicionales al tesoro público. El dispositivo lleva la firma del presidente del Congreso, José Jerí, y de su primer vicepresidente, Fernando Rospigliosi.