El Gobierno ha extendido el estado de emergencia nacional en todo el país hasta el 31 de diciembre de este año a causa de la pandemia por COVID-19. El decreto supremo fue publicado este lunes en el diario oficial El Peruano.
También se han establecido las medidas que debe seguir la ciudadanía como parte de esta nueva convivencia social. La medida rige desde el 1 de diciembre.
«Durante el presente estado de emergencia nacional queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito», se lee.
En tanto, en el artículo 8 del mismo decreto, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus casas desde las 00:00 horas hasta las 4 horas, en todo el territorio nacional.
La medida rige de lunes a domingo y se exceptúa a personal que trabaja en alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, servicios de delivery, de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones, recojo de residuos y funerarias.
Del mismo modo quedan exceptuados servicios de transporte de carga y mercancías y actividades conexas o relacionadas con la reanudación de actividades económicas como transporte de caudales.
«Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención de acuerdo a la norma de la materia», se lee en el artículo.
Además, se hace hincapié en la suspensión de reuniones y concentraciones de personas tales como desfiles, fiestas patronales, actividades civiles, reuniones, eventos sociales políticos, culturales y otros que impliquen concentración o aglomeración de personas.
«Asimismo las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares se encuentran prohibidas», estipuló el Gobierno.
Quedan exceptuadas de estas restricciones las ceremonias de carácter castrense y policial, que se harán conforme a disposiciones sanitarias y con el distanciamiento físico debido.
En cuanto al uso de las playas, el Ejecutivo ha dispuesto que se haga por etapas para evitar aglomeraciones.
Durante la primera etapa para Lima y el Callao no se permitirá el uso de las zonas de arena o piedras ni la zona de mar para uso público los días viernes, sábado y domingo.
Sin embargo, sí se podrán usar para deportes acuáticos sin contacto como surf, vela, remo, entre otros que se desarrollan exclusivamente en la zona de mar y con distanciamiento físico.
De lunes a jueves sí se podrá ingresar a la zona de arena o piedras y de mar siempre respetando el distanciamiento respectivo.