El Pleno del Congreso de la República aprobó este miércoles 15 de junio el texto sustitutorio del proyecto de ley 440, que propone modificar la norma que regula la publicidad estatal.
Por 108 votos a favor, cero en contra y 3 abstenciones, la representación nacional dio luz verde al documento sustentado por el presidente de la Comisión de Transportes, Alejandro Soto (Alianza para el Progreso). Fue exonerado de segunda votación.
Como se recuerda, el proyecto había sido aprobado por el anterior Congreso en julio del 2021, pero el entonces presidente del Gobierno de Transición, Francisco Sagasti, lo observó. Posteriormente fue desarchivado y se aprobó por mayoría un nuevo dictamen.
El documento aprobado establece una fórmula dividida en niveles (local, regional y nacional) “que consiste en un razonable acuerdo respecto a la distribución en base al criterio objetivo de la descentralización”.
Asimismo, señala que los medios locales y regionales tienen la “capacidad y eficiencia” para brindar el servicio de publicidad, además de cumplir un papel central en la difusión de información en lenguas originarias, alternativas al castellano.
Del mismo modo, prohíbe excluir a los medios que operen en los distritos, provincias y regiones. No se podrá contratar con medios de comunicación que no tengan autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para prestar servicios de radiodifusión sonora y televisiva.
También queda prohibido que las empresas especializadas en elaborar la pauta de los avisos (centrales de medios u otros) cobren porcentajes o pago adicional alguno, como comisión de servicio, a los medios de comunicación contratados para pasar los avisos de la publicidad estatal, bajo responsabilidad del proveedor y de la empresa que lo solicite.
En el texto sustitutorio de la tercera disposición final complementaria se precisa que la Contraloría General de la República realiza las acciones de control que correspondan en el marco de dicha ley.