El prófugo líder de Perú Libre, Vladimir Cerrón, deberá afrontar un nuevo juicio y una nueva sentencia por el presunto delito de malversación de fondos de más de dos millones de soles durante su gestión como gobernador de Junín.
Esto debido a que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró infundado un recurso de queja que presentó Cerrón Rojas con el que buscaba que se admitiera una casación que promovió para que dicha instancia revisara una resolución judicial emitida el 18 de mayo del 2022 que anuló la sentencia que lo absolvió de la acusación fiscal por el presunto delito de malversación de fondos en agravio del Estado emitida el 24 de febrero de ese año.
La sala presidida por el juez supremo César San Martín considero «razonable» la resolución emitida por un tribunal superior de Junín el 8 de junio del 2022 en la que desestimó de plano este recurso de casación al determinar que la referida sentencia no es definitiva, «por lo que no cabe recurso de casación contra ella».
La defensa legal de Vladimir Cerrón buscaba que dicho colegiado supremo admitiera su recurso de casación por una vulneración de la garantía de motivación y para que se determinen los criterios para valorar correctamente la prueba pericial y cuando se está ante un supuesto de omisión de valoración de la pericia.
No obstante, la sala suprema resaltó que la valoración de la prueba no es de incumbencia del recurso de casación, solo la fiscalización de las reglas del derecho probatorio; es decir, si se está ante pruebas ilícitas valoradas indebidamente.
Al respecto, la sala suprema resalta que en este caso el «Tribunal Superior consideró que no se valoró determinada prueba documental oficial, que no se actuó la testimonial de Tapia Brañez, que no se realizó un debate pericial, pese a que existían dos informes periciales contradictorios, y que, sobre la pericia de Hidalgo Laderas, a la que se dio mayor solvencia técnica, no consta una explicación razonable de esta preferencia».
«En tales circunstancias, sin ingresar al fondo del asunto, la anulación de la sentencia resulta razonable. No existe razón valedera alguna para acceder al control casacional. El nuevo juicio y la nueva sentencia deben tener lugar», concluyó el colegiado supremo en su resolución.