La congresista Martha Moyano (Fuerza Popular) presentó un proyecto de ley para aplicar la figura de suspensión del presidente de la República hasta por 24 meses en el Congreso bicameral 2026.
La legisladora busca esta separación temporal del jefe de Estado si es denunciado por delitos contra la administración pública, tráfico ilícito de drogas, terrorismo y otros delitos cometidos por organizaciones criminales.
Moyano sugiere que, tras la suspensión, el presidente recupera automáticamente su cargo, pero que puede ser sometido a un proceso de vacancia si una investigación confirma que es culpable de los delitos que se le imputaron.
Para aprobar la suspensión, según la propuesta normativa, se requerirá de tres quintos de los votos de la Cámara de Diputados; es decir, 96 votos y 36 votos del Senado.
La propuesta, que será evaluada por la Comisión de Constitución presidida por Fernando Rospigliosi, fue incluida dentro del proyecto de Resolución Legislativa para establecer el nuevo Reglamento del Congreso bicameral que presentó Moyano.
La congresista Martha Moyano propuso una resolución legislativa que aprueba el reglamento del Senado. El reglamento consta de siete títulos, donde se establecen las disposiciones generales del Senado, organización, servicio parlamentario, estatuto de representantes, funcionamiento, procedimientos parlamentarios, control político y funciones especiales.
Asimismo, precisa que el Senado tendrá su sede en Lima y sus sesiones se realizarán en el Palacio Legislativo, «salvo que por fuerza mayor relacionada al resguardo de la integridad de sus miembros deba sesionar en otra locación distinta».
Además, se encuentra conformado por un número mínimo de 60 senadores elegidos por cinco años, debiendo asegurarse que por lo menos uno sea elegido por cada circunscripción electoral, en tanto que los demás deben ser elegidos por distrito único nacional.
De igual modo, refiere que el Senado «no podrá ser disuelto bajo ninguna circunstancia de acuerdo a lo establecido por el artículo 134 de la Constitución».
En la iniciativa, precisa que las funciones del Senado comprenden el debate, la revisión y aprobación de reformas constitucionales, de leyes y resoluciones legislativas, resoluciones legislativas senatoriales, así como la interpretación, modificación y derogación de estas normas, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Constitución.
De igual modo, tendrá una función de control político, que incluye la revisión de los decretos de urgencia dictados por el presidente de la República durante el interregno parlamentario.
Entre las funciones también se destacan la elección y remoción al defensor del Pueblo; designación y remoción del contralor; elección de miembros del Tribunal Constitucional.
También designar a tres miembros del Banco Central de Reserva (BCR), así como ratificar la designación del presidente del BCR; y ratificar y remover al superintendente de Banca y Seguros.