La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema confirmó la resolución que declara infundado el recurso de apelación de tutela de derechos presentada por la defensa técnica del ex presidente Pedro Castillo.
En la audiencia realizada el día 27 de marzo, la defensa del ex funcionario, encabezada por el abogado Eduardo Remi Pachas Palacios, solicitó se declare fundado el pedido de tutela de derechos a favor de Castillo Terrones.
Este recurso, de acuerdo con el Poder Judicial, es un mecanismo eficaz con relación al restablecimiento del statu quo de derechos vulnerados que se puede presentar únicamente cuando ya se haya cometido una infracción de derechos del imputado, en este caso el ex mandatario.
Así, el abogador defensor expuso que se estarían vulnerando los derechos del ex presidente Pedro Castillo con la filtración de información brindada por Bruno Pacheco, aspirante a colaborador eficaz, a la Fiscalía en la investigación sobre manejo de fondos de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI).
En ese sentido, solicitó «se revoque la resolución venida en grado y, reformándola, se declare fundado el pedido de tutela de derecho y, como consecuencia, se ordene al Ministerio Público que cese la filtración de cuestiones procesales reservadas cuya responsabilidad recae en la Fiscalía de la Nación, por acción u omisión.
Indicó que la filtración afecta gravemente el principio de legalidad procesal y reserva de la investigación.
Al respecto, la doctora Silvia Sack Ramos, representante del Ministerio Público, expresó que «no se ha demostrado que la información señalada haya sido filtrada por la fiscal de la Nación».
Finalmente, el Juez Supremo César San Martín Castro, confirmó la resolución de 9 de setiembre de 2022 que declaró infundada la tutela de derechos presentada por la defensa de Pedro Castillo y la confirmó apelada.