La bancada Juntos por el Perú presentó un proyecto de ley para prohibir la afiliación a organizaciones políticas de personas que tengan sentencia en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por delitos de corrupción de funcionarios, terrorismo, narcotráfico, violación sexual y feminicidio.
La propuesta legislativa del congresista Edgar Reymundo modifica el artículo el artículo 18° de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas.
De esta forma, se establece que no podrán afilarse a un partido político o dejarán de ser afiliados, las personas que tengan una sentencia en primera instancia en calidad de autores o cómplices por delitos antes mencionados.
De igual manera, los ciudadanos deberán informar, mediante una declaración jurada, de todos los procesos judiciales y/o administrativas que tengan en curso, en cualquiera de sus etapas.
Dicha declaración formará parte de la ficha de inscripción del afiliado, que deberá actualizarse una vez al año y será de público conocimiento.
Se precisa que en caso de que dos o más organizaciones políticas presenten como afiliado a un mismo ciudadano, la afiliación válida será del partido que la presentó primero ante el Registro de Organizaciones Políticas, siempre que se cumpla con los requisitos de validez y las formalidades previstas en la norma.