* Refiere que en resolución materia de proceso no se aplicó norma derogada, por lo que investigación debe archivarse.
La presidenta del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi, sostuvo que existe una inusual celeridad en la investigación disciplinaria en su contra por parte de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) al no constituir un hecho grave, al no ser de su competencia debido a que obra un amparo en trámite.
Así, remarcó que el avocamiento (asumir competencia de procesos que están en trámite ante otro órgano jurisdiccional) de la Junta Nacional de Justicia a la referida causa constituiría delito.
«Hay un apresuramiento inusual, la JNJ no cruzó información porque hay otro proceso en trámite, no tiene conocimiento y ninguna autoridad puede avocarse a un procedimiento en esa situación, pues lo establece la Constitución, y eso configuraría delito de avocamiento indebido», señaló.
Explicó que los procesos inmediatos, sumarios o exprés contra magistrados son solo para aquellos casos de conductas graves; por ejemplo, cuando a un juez o jueza se le interviene en un acto de corrupción, flagrancia o por una falta grave, pero no para cuestionar una decisión o criterio jurisdiccional.
“La JNJ no tiene competencia porque el cuestionamiento de las decisiones tiene un camino, hay una acción de amparo contra la resolución materia de este proceso inmediato iniciado por la Junta, y sobre ese amparo el Ministerio del Interior señala que no hay vulneración de derechos fundamentales”, refirió.
Sobre la casación que motivó la apertura del proceso disciplinario en su contra, la titular del Poder Judicial indicó que el recurso fue desestimado respetando el debido proceso, entre 20 mil causas que resolvió la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema, entre 2023- 2024.
Precisó que el recurso rechazado no contenía los requisitos que la norma exige. “No hemos invocado ni aplicado ninguna norma derogada”, ratificó.
Por eso, la jueza suprema consideró que la investigación abierta en su contra por la JNJ, debe archivarse.
“Este proceso ha empezado mal y espero que termine correctamente, por el bien de la institucionalidad democrática; no nos negamos a que la Junta ejercite sus facultades dentro de los marcos constitucionales”, indicó.
En esa línea, señaló que no se siente amenazada, sino sorprendida, y que advirtió el uso político del Derecho.
“No soy Janet Tello, soy la presidenta del Poder Judicial y represento a los jueces y juezas del país, y si como presidenta están intentando destituirme o suspenderme por un criterio jurisdiccional, entonces qué podrían esperar ellos”, refirió.
La jueza suprema ratificó su compromiso de defensa de la independencia de los jueces y juezas, de la institucionalidad democrática, pilar del Estado de derecho.
El abogado Luciano López detalló que el denunciante – un policía sancionado por una “falta disciplinaria muy grave” ante el Tribunal de Disciplina de la Policía – señala que los magistrados habrían aplicado una ley derogada en el proceso de casación ante la Corte Suprema.
“Aparentemente, él no rindió adecuadamente unas comisiones de servicio. Como era un coronel, hizo participar a unos suboficiales, a quienes sancionaron por la orden de él. Es decir, es un presunto fraude, porque así ha sido rotulado”, declaró el letrado.
Después de dar el contexto de la denuncia, el defensor legal de Janet Tello cuestionó el caso llegara la JNJ, porque el coronel retirado planteó un amparo y, en primera instancia, se determinó que no hubo problema de fundamentación de parte de la sala que integró la hoy presidenta del PJ.
“En la actualidad tiene una sentencia desfavorable en primera instancia, donde el mismo hecho dice: ‘No, acá no hay ningún problema con norma derogada, acá no hay ningún problema con motivación’, y este señor ha apelado”, apuntó.
Según mencionó López, la JNJ no ha requerido informes internos al PJ para saber cuál es el estado del proceso, por lo que la presidenta de este poder del Estado argumenta que hubo un “apresuramiento” para que se le inicie el proceso.
“Ningún estamento dentro del PJ ha recibido un pedido de información de la Junta […]. Si está judicializado por mandato constitucional, ninguna autoridad, funcionario, persona puede centrarse en un asunto que está judicializado. Eso es inconstitucional; es más, los señores [de la JNJ] se enfrentan a una infracción constitucional”, alegó.
Para la defensa legal de Tello, es “gravísimo” el mensaje que está dejando la JNJ con este proceso, puesto que implica la intromisión en la independencia de los magistrados y el cuestionamiento de sus decisiones a través del control disciplinario.
“O sea, eso es totalmente inconstitucional, inadmisible. Esa no es la función del control disciplinario”, finiquitó.
El decano del Colegio de Abogado de Lima (CAL), Raúl Canelo Rabanal, informó que esta institución hizo un análisis de la sentencia de casación que originó un proceso disciplinario inmediato contra la presidenta del Poder Judicial, Janet Tello Gilardi, y concluyó que esta no aplicó una norma derogada, como señalaría la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
Fue durante una reunión que sostuvo con otros integrantes del CAL y la Presidenta del Poder Judicial para expresarle su confianza y solidaridad ante la decisión de la JNJ, además de tratar otros temas de interés para ambas instituciones.
Canelo Rabanal rechazó la actitud de la JNJ de abrir el mencionado proceso porque afecta el debido proceso, el Estado de derecho, la división de poderes, la independencia jurisdiccional, que son pilares de la democracia. “Es un acto político que afecta gravemente la independencia de los jueces”, remarcó.
El representante de los abogados señaló que, en las próximas horas, pondrá en conocimiento este hecho irregular ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, porque atenta contra la independencia de juezas y jueces.