Se promulgó la ley que delega facultades legislativas al Poder Ejecutivo en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica.
Según indican, la iniciativa, aprobada hace más de una semana en el Congreso, tendrá como finalidad contribuir al cierre de las brechas sociales.
Con esta medida el Gobierno tendrá un plazo de 90 días calendario para legislar de manera limitada en temas de gestión económica y tributaria, así como en la lucha contra la evasión y elusión tributaria.
Pero, como se recuerda, la aprobación de estas facultades incluyó limitaciones respecto a lo que se planteó originalmente.
En el ámbito tributario y fiscal, el Ejecutivo podrá modificar de manera limitada la Ley del Impuesto a la Renta, pero no podrá incrementar el tributo para personas naturales (cuarta y quinta categoría) ni cambiar los impuestos por alquileres o por la venta de inmuebles.
Tampoco podrá cambiar la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) para imponer tributos a plataformas digitales como Netflix o Disney Plus, así como tampoco se eliminará la exoneración de IGV a los seguros de vida.
Otras de las medidas que se planteaba y tampoco podrá realizarse serán los cambios en el régimen fiscal minero o el impuesto especial de la minería.
Por otro lado, en cuanto a lo financiero, se permitirá la ejecución de medidas específicas para el fortalecimiento y modernización del Banco de la Nación.
En el caso de las propuestas para la reactivación económica, hasta el 31 de diciembre del 2022 se podrán establecer medidas especiales para facilitar la tramitación, evaluación, aprobación de procedimientos a cargo de instituciones del Estado en materia de inversión privada y público-privada que brinden un impulso a la economía nacional, dañada por la pandemia de la covid-19.